CHANCHONADA 10º
Estafa Preferente.
Esta
es la historia de un vecino cualquiera, no importa su nombre, ni su profesión,
ni su edad, ni su estado civil,... Tras una vida dura, llena de sacrificios, de
esfuerzos laborales consiguió tener algunos ahorros; un día su vecino que era
empleado de Banca le hizo la gran propuesta de invertir esos ahorros en un gran
producto de su entidad bancaria, un producto seguro que genera unos buenos
rendimientos,... Nuestro vecino cualquiera se decidió por esa inversión,
después de todo confiaba en la entidad bancaria con la que llevaba de cliente
desde niño, confiaba en su vecino que era director de la sucursal,... Pero este
hermoso sueño un día se rompió y se convirtió en una pesadilla: perdía casi
todos sus ahorros, estos pasaban a ser capital de la entidad bancaria, el plazo
de devolución era a 100 años o más, la entidad ya no le remuneraba los
intereses,...
Hoy este vecino cualquiera, y otros
muchos más, se manifiestan delante de la puerta de la entidad bancaria, viven
con el miedo a perder sus ahorros,… nadie les ofrece soluciones
reales; eso si muchos políticos de la oposición vienen a hacerse
la foto con ellos, sonrientes, a prometer buenas palabras, una palmadita en la
espalda,… pero sin comprometerse por
escrito a crearles una solución. Yo mi querido vecino no te prometo
nada, ni quiero una foto contigo, pero te voy a enseñar cierto camino que es
una posible solución, es duro este camino, pero por mis conocimientos
profesionales, para mi es el único que veo.
En su artículo 248º, 1 del Código
Penal (LO 10/1.995) habla del DELITO DE ESTAFA: “cometen
estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir
error en otro, induciéndole a realizar un acto de disposición en perjuicio
propio o ajeno”. A mi no me cabe duda alguna, nuestro querido director
(y otros altos directivos de la entidad bancaria) usaron el engaño contigo y
otros muchos para que contrataseis esos productos financieros (realizar el acto
de disposición) que os ha llevado a una situación de perder vuestros ahorros
(en perjuicio propio). Los directivos bancarios sabían bien que esos productos
financieros no eran para vosotros, de hecho ellos nunca los contrataron (¡y eso
que eran tan buenos!), pues tenían el conocimiento que el fin del producto era
financiar y capitalizar la entidad bancaria que estaba cercana a la quiebra,
que en el supuesto muy probable que la entidad quebrase, todo ese capital
puesto en ese producto financiero se perdía sin más; por esta razón ellos no invirtieron sus ahorros en esos
productos que a ti y a otros os colocaron; ¿lo entiendes?.
Por lo tanto los profesionales bancarios no
explicaron, no informaron,…. de la situación de alto riesgo que tenía ese
producto financiero, y de la alta probabilidad de perder el capital invertido.
Cuando a una persona no se le informa, no se le da toda la información, no se
le explica la totalidad de la circunstancias,… hay una ocultación de la información, por lo tanto hay una ánimo de engañar.
Y en este caso hay un ánimo intencionado de ocultar esta información, por lo
tanto estamos ante la figura jurídica del “DOLO”, que es la intención de hacer
algo. La pena de la estafa es una
pena de prisión de 6 meses a 3 años, si lo estafado excede de 400€; lo
penoso es que la mayoría de los tipos delictivos que pueden cometer los reos de
corbata y cuello blanco (directivos, ejecutivos, políticos,…) tienen penas de
prisión muy pequeñas.
En nuestro ordenamiento jurídico penal, los delitos
tienen un tipo básico que ha sido el expuesto, pero también recoge los tipos
agravados; así el artículo 250º, 6 y 7 del Código Penal (LO 10/1.995), recoge
dos formas agravadas para el DELITO DE ESTAFA:
6º) “Que la
estafa revista especial gravedad, atendiendo al valor de lo defraudado, a la
entidad del perjuicio y a la situación económica en que se deja a la victima, o
a su familia”.
7º) “Se cometa abuso de las relaciones
personales existentes entre la victima y el defraudador, o aproveche éste su
credibilidad empresarial o profesional”.
Podemos discutir si las cantidades invertidas son
altas o no, para el ciudadano de a pie, aunque la cantidad de sus ahorros sean
modestas, para nosotros son
cantidades muy importantes; para un ejecutivo de la Banca son calderilla. Pero
no admito discusión, quedarse con los
ahorros de toda una vida es un perjuicio muy grave a la situación económica de
la victima. Ahora entramos a discutir una parte muy importante, la
mayoría de nuestros vecinos invirtieron sus ahorros al confiar en el director
de la entidad bancaria, por lo tanto es indiscutible que confiaban
profesionalmente en él, con ello no hay lugar a duda que el director de la entidad se aprovecho de su credibilidad
profesional para convencer a los clientes.
Este profesional me podrá alegar que los clientes
deben leer bien el contrato, informarse,… Los
contratos bancarios son contratos de adhesión, y en ellos no cabe una
negociación entre las partes, hay una posición de privilegio de la entidad
bancaria que impone sus normas. Aún
con la lectura de todo el contrato, el cliente no tiene porque entender la
extensión e implicaciones del mismo, pues este está redactado por
profesionales financieros-bancarios y expresados en términos propios de su
profesión,… con lo cual la información no es plenamente accesible a los legos
en la materia. Me explico, mi mundo profesional es el Derecho Penal, pero
desconozco la mecánica del automóvil, para ello me fío de la profesionalidad
del mecánico del taller; desconozco el mundo de la medicina, para ello me fío
del diagnóstico de mi médica, desconozco todos los detalles de la legislación
fiscal, para ello tengo a mi gestor fiscal que administra el pago de mis
impuestos,… O sea: cada maestrillo a su librillo.
De acuerdo con el Código Penal, si concurren estas dos
circunstancias se impondrán penas de
prisión de 4 a
8 años, y una multa de 12 a
24 meses. Me parece asqueroso venir aquí, a hacerse unas fotos con los
vecinos afectados, hablar bien y no darles soluciones,… y sobre todo no
decirles que cuando comenzaron a ser ideados y comercializados estos productos
financieros, algunos de los compañeros de estos políticos estaban en los
órganos de dirección de algunas entidades bancarias (Novacaixa,… o como se
llame). Me parece asqueroso ver como el Sr. Almunia reconoce en Bruselas que
muchos ciudadanos españoles fueron engañados con esos productos financieros de
las Cajas,… ¡Sr. Almunia se dice
estafa! Revisando actas de los plenos de nuestros ayuntamientos cuando
se trato el tema de los afectados por estos productos financieros, leo y leo
mucha palabrería,… solo encontré una persona que expuso esta solución, un camino claro para hacer valer los derechos
de estos ciudadanos, fue la Sra. Concejala
de Converxencia Galega de A Guarda, claro que sus compañeros de corporación
hablar hablan bien y mucho, pero no dicen nada más que tonterías. ¿Muchos
políticos deberán explicar en público porque no defienden con la verdad a sus
vecinos?, ¿no estarán más preocupados en tapar las
responsabilidades de algunos altos cargos de estas entidades que son miembros
de sus partidos?
Mis queridos vecinos, yo el único camino para solucionar su problema es unirse y
presentar una demanda colectiva ante un Juzgado de lo Penal; en
caso contrario ya pueden dar sus ahorros por perdidos. Si esperan que los
políticos les solucionen los problemas, lamento comunicarles que los políticos
son especialistas en crear problemas, no en solucionarlos.
Mirador do Monte Ancos, a 22 de Decembro do 2.012
Emilio Garrote
Fuerte. Subdirector de la Oficina Jurídica del “Centro
Penitenciario El Calabozo 1º” en
Los Peligros (Granada; España)
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