jueves, 7 de abril de 2016

Olvidos contables

CHANCHONADA  511º
Olvidos contables.



Hoy muchos ciudadanos estamos llamados a rellenar un formulario para declarar nuestros ingresos por los rendimientos laborales, para luego ponernos al día con la Hacienda Pública; realmente no hay prisa, aún tenemos tiempo de sobra hasta el 30 de Junio. Me parece un poco de guasa o cachondeo que el programa informático para realizar la declaración de la renta le llamen PADRE, ello nos lleva a las siguientes dudas: ¿el programa informático de Hacienda para hacer la vista gorda de los evasores de impuestos se llamará PADRINO o MAFIA?, ¿no sería mejor que el programa para hacer la declaración de la renta le llamasen TIO?, por aquello que aquí solo pagamos impuestos los “primos, pringados y demás gentes del común”.

No estamos en contra del pago de impuestos, los consideramos un pilar básico de las civilizaciones humanas y que vienen funcionando desde hace +5.000 años; pero con ellos también viven unos listillos muy juntitos a nuestros dineros, algunos de ellos en régimen parasitismo. A nosotros no nos gustan los escaqueados, evasores, defraudadores y otros especimenes similares, pues con su insolidaridad no podemos mejorar nuestro sistema sanitario público, siguen empeorando las carreteras, no hay recursos para becas,…

Dado que pagamos impuestos para las diferentes Administraciones Públicas,… estamos en nuestro derecho a saber que se hacen con nuestros €. El tema de poner en conocimiento público de cómo se gastan nuestros dineros municipales siempre ha sido uno de los vectores direccionales de este cuaderno informativo. Hoy os vamos a hablar de una partida económica que siempre está entre los temas prioritarios para los componentes de las nuevas Corporaciones Locales cuando toman posesión: “Asignación económica a los grupos políticos municipales”.


“Asignación económica a los grupos políticos municipales”, esta partida presupuestaria está presente en los presupuestos de gran parte de los ayuntamientos, especialmente de aquellos con población superior a 5.000 habitantes; en ella se fija una “ASIGNACIÓN” económica para los partidos políticos municipales, esta palabra es un buen eufemismo administrativo para no decir subvención y así eludir los controles económicos, contables y legales.

Esta “Asignación económica a los grupos políticos municipales” tiene una parte fija (una cantidad fija e igual para cada grupo político) y otra variable (número de concejales); pero para nada se mide el interés por los asuntos de los vecinos, iniciativas presentadas, asuntos resueltos, horas dedicadas,…. O sea cobran por estar, lo que hagan y eficacia es irrelevante. Esta “asignación” no es obligatoria, es una opción legal que todos aprovechan para beneficiarse de ella. La Ley dice que tendrá una cuantía máxima fijada en la Ley General de Presupuestos del Estado,… la verdad es que nunca se ha fijado ese máximo,… ¿a qué se debe este olvido?. Debemos reconocer que la regulación legal de esta partida es totalmente insuficiente, desde 1.985, en 31 años no se ha legislado casi nada sobre ella.

Legalmente, por las cantidades percibidas por cada grupo político, éste está obligado a llevar una contabilidad específica de la “asignación”; dicha contabilidad debe estar a disposición del Pleno de la Corporación Municipal, para cuando lo solicite el Pleno para su estudio,… ¿Llevan los grupos políticos municipales una contabilidad especial y diferenciada de esta “asignación”?; hemos hecho algunas preguntas, y las respuestas han sido desoladoras,… NO. ¿Han solicitado los Plenos estas contabilidades, revisarlas y publicarlas?,… NO.

Tras estudiar muchas actas de plenos, comisiones de gobiernos, comisiones de cuentas, informes de Intervención,… Sobre esta “asignación” no hay nada de nada. Los servicios de Intervención Municipal de nuestros ayuntamientos desconocen que se hacen con esos € asignados.

Para entendernos, todos los años los grupos políticos se auto asignan a si mismos unos dineros para si mismos; cobran esos €, pero luego nunca presentan cuentas para saber en que los gastan, nunca rinden cuenta de ellos,… y llevan años haciendo esta ocultación de información, en esto todos tienen un actuar unánime. En este tema hay una total oscuridad; entendemos que estos fondos del Erario Municipal tras vencer el ejercicio contable, los grupos políticos municipales deberían registrar y entregar en el Ayuntamiento la contabilidad de esta “asignación”; para que la misma fuese revisada por el Servicio de Intervención Municipal, que el citado servicio elevase un informe al Pleno, que dichas cuentas fuesen adjuntadas a la Cuenta General del Ayuntamiento.

Dado que lo anterior no existe, nadie sabe nada de esos €, el Tribunal de Cuentas desconoce esta vía de financiación de los partidos políticos,… Resulta, que en el año 2.013 el Gobierno del Sr. Rajoy legisló para aumentar los controles sobre las Haciendas Municipales, pero se olvidó de este tema; ¿porqué?. Los dineros de esta “asignación” se ingresan en una cuenta bancaria de titularidad del grupo municipal, la cual no figura en la contabilidad general del partido, esas cuentas que presentan al Tribunal de Cuentas,… o sea, al Tribunal de Cuentas solo le presentan una parte de los dineros que manejan los partidos; a nivel municipal hay otra realidad que todos callan y silencian.

Muchos candidatos durante la campaña electoral del 2.015 nos prometieron transparencia en las cuentas municipales, en las gestiones,… Ya han transcurrido 10 meses y las cosas siguen igual de opacas. Realmente, como van a ser transparentes los que nunca lo fueron durante los últimos 20 años,… como van a ser transparentes los que nunca lo han sido, los que no creen en ella,… Mejor que hablar de transparencia es comenzar por aplicarla y comenzar a dar los primeros pasos.

Les ofrecemos algunas ideas para iniciar este camino de la transparencia:

1º)  Presentar cuentas específicas de la “Asignación económica a los grupos políticos municipales” procedentes del presupuesto municipal.

2º)  ¿Cuánto dinero reciben de donaciones privadas?.

3º)  Presentar las cuentas de ingresos y gastos de la campaña lectoral del año 2.015.


Nos surgen algunas dudas sobre estos temas; ¿qué sucede si al final del ejercicio hay un saldo positivo de la asignación?, ¿lo devuelven al Erario Municipal?, ¿lo donan a una entidad de fines sociales sin ánimo de lucro?, ¿se lo queda el partido sin más?.

Realmente esta “Asignación económica a los grupos políticos municipales” no está bien regulada, ni legislada; pero ya comienza a existir jurisprudencia sobre ella para atajar ciertos abusos sobre la misma. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco del 23 de Mayo del 2.011, confirmada en casación por el Tribunal Supremo del 3 de Julio del 2.012; donde se dicta que la citada “asignación” por puede ser cobrada por los concejales del grupo de “no adscritos”, al no ser un grupo político definido como tal, sino un conjunto de ediles de diferentes opciones políticas; además el citado grupo municipal de “no adscritos” no puede tener un cuenta bancaria propia, ni NIF o CIF propio.


¿Cuándo presentarán los grupos municipales cuentas sobre esta “Asignación económica a los grupos políticos municipales”.?



Mirador do Monte Ancos, a 7  de Abril do 2.016.


Norma  Siempre  Asustada.  Directora de Prótocolo del Ayuntamiento de Uyumbicho (Pichincha; Ecuador).

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